Declaración 02/2020 “Decálogo para garantizar el derecho a la vida familiar y comunitaria en el marco de la pandemia”
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Red de Niñez y Adolescencia Federación Iberoamericana del Ombudsman (FIO). Visto: Que el día 20 de mayo de 2020 se llevó adelante el webinar “Recomendaciones para garantizar el derecho a la vida familiar y comunitaria en el marco de la pandemia”, organizado por la Red de Niñez y Adolescencia de la Federación Iberoamericana del Ombudsman (FIO) junto a la Red de Instituciones Nacionales para la Promoción y Proteccion de los Derechos Humanos del Continente Americano ( RINDHCA)
Que la misma contó con la participación de la titular de la Red Latinoamericana de Acogimiento Familiar (Relaf), Matilde Luna, el Dr. Jorge Volnovich, médico psicoanalista, especialista en el abordaje de niñas, niños y adolescentes que han sido víctimas de violencias, la Secretaria Técnica de FIO, Carmen Comas-Mata, la Secretaria Técnica de la RINDHCA, Cecilia Bernuy y la coordinación de la Defensora de Niñas, Niños y Adolescentes de la provincia de Santa Fe, Analía Colombo.
Y considerando:
Que de acuerdo a lo que establece la Convención sobre los Derechos del Niño; niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir y a ser cuidados en familia, como también es deber del Estado acompañar a las familias para que puedan cumplir con su rol.
Que las “modalidades alternativas de cuidado de los niños” son un instrumento concreto de trabajo orientado al cambio necesario en torno al acogimiento de niñas, niños y adolescentes que ven interrumpido el cuidado familiar.
Que las principales amenazas al derecho a la vida familiar y comunitaria son -en primer lugar y como hecho más grave- la pobreza extrema, junto a las problemáticas de consumo, de salud mental y todo tipo de violencias,
Que el contexto de la pandemia ha agudizado las vulneraciones a las que se ven expuestas niñas, niños y adolescentes en sus ámbitos familiares, comunitarios e institucionales.
Que, consecuentemente, los sistemas de protección también atraviesan una serie de debilitamientos en áreas judiciales, administrativas y de control, así como también en los propios espacios de cuidados de las niñas y niños.
Que la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19 ha profundizado las necesidades y vulneraciones de niñas, niños y adolescentes y es materia de los organismos de derechos humanos ponerlo en agenda, teniendo en cuenta las particularidades de cada país y región.
Que ello requiere -por parte de los sistemas de protección- prácticas de apoyo a familias de origen y comunidades, acciones de prevención e implementación de mecanismos eficaces para la detección de situaciones de vulneración e intervenciones respetuosas de los derechos humanos.
Que eventualmente, en el caso de no poder garantizar derechos en el ámbito familiar, se debe recurrir a ámbitos de cuidados alternativos y temporales de forma excepcional: familias de acogida (en principio extensas y luego ajenas al vínculo de las niñas, niños y adolescentes) y centros residenciales.
Que el actual contexto de aislamiento influye profundamente en la subjetividad de niñas, niños y adolescentes, y el modo en que están siendo tratados durante y posteriormente a la pandemia, dejará huellas en sus biografías.
Que lo que hasta el momento había sido identificado como los pilares fundamentales para batallar contra las violencias hacia niñas, niños y adolescentes -la sensibilización de la comunidad y la detección e intervención de los organismos del Estado- ahora se tornan insuficientes.
Ante este contexto, la Federación Iberoamericana del Ombudsman, a través de su Red de Niñez y Adolescencia emite las siguientes recomendaciones a las actividades de Defensorías y Ombudsman de la región, conociendo el rol situado que deben asumir:
Visibilizar y advertir sobre las problemáticas específicas que están sufriendo niñas, niños y adolescentes a través de campañas de sensibilización comunitaria para prevenir, denunciar y actuar sobre el incremento de maltratos, abusos y violencias hacia las infancias y adolescencias en todas sus formas.
- Promover el desarrollo de respuestas rápidas, viables y creativas frente al debilitamiento de los Sistemas de Protección en su conjunto.
- Transversalizar en todas las acciones emprendidas el enfoque de derechos humanos, universalidad, de género, de no discriminación.
- Supervisar –contemplando las medidas sanitarias para cada caso- los programas y servicios ofrecidos a niñas, niños y adolescentes y sus familias, en particular los vinculados a grupos vulnerables como niñez institucionalizada y jóvenes en conflicto con la ley.
- Garantizar el contacto –de la modalidad que se crea conveniente según cada caso- de las niñas, niños y adolescentes en instituciones con sus familias de origen.
- Garantizar la progresividad en el acceso a derechos: una niña, niño o adolescente que salió de una situación de desprotección y tiene estatus de mayor protección, de ningún modo puede retrotraerse por el contexto de pandemia.
- Contemplar en el abordaje de las violencias de género la existencia de niñas, niños y adolescentes en esos hogares, ya que son víctimas directas en la mayoría de las situaciones.
- Monitorear el acceso e implementación de la educación virtual para niñas, niños y adolescentes, en particular los contenidos curriculares referidos a educación sexual integral (ESI), ya que esa información constituye una manera de prevenir abusos.
- Agilizar los mecanismos para la detección e intervención de situaciones de maltrato de las que niñas, niños y adolescentes son víctimas. Contemplar que sin aislamiento social preventivo y obligatorio ellas y ellos cuentan con otras instituciones – educativas, de salud, deportivas y recreativas- donde expresarse, y en el actual contexto se encuentran solos y con mayores niveles de exposición.
- Visibilizar y promover dispositivos que aborden la situación de niñas, niños y adolescentes que transitan por las ciudades y paradores en situación de calle, ya que en pandemia sigue siendo un espacio de vida en cuarentena para ellas y ellos.
Mayo, 2020